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Reglamento de Matricula

REGLAMENTO ACADÉMICO

El presente reglamento tiene como fin contribuir a que se cumplan los objetivos de la institución y así poder brindar un servicio educativo integral y de alto nivel.

CAPITULO I

DE LA  MATRICULA:

ART. 01. La matrícula en El Instituto De Educación Superior Tecnológico Privado “Cayetano Heredia” es un acto formal y voluntario y  es única, la matricula de los ingresantes se aprueba con una R.D.  y se eleva al órgano intermedio correspondiente, con la documentación sustentatoria  y la Nómina de Matricula para su conformidad  correspondiente, ratificándose en cada semestre.

Para el acto de matrícula los ingresantes deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Partida de Nacimiento original  y/o fotocopia de D.N.I
  2. Certificado de Estudios de educación secundaria completa (original)
  3. 02 fotografías tamaño carnét a color, recientes.

DEL TRASLADO DE MATRICULA.

ART. 02. El traslado de matrícula es el acto voluntario que solicita el estudiante para continuar sus estudios  en una carrera profesional a fin y/o igual en otro Instituto de Educación Superior y/o en  nuestro instituto,  o Traslado de Turno

En el primer caso se denominará traslado externo y en el segundo caso traslado interno.

Los traslados externos se efectúan solo si existe la vacante respectiva.

Requisitos de traslado externo:

  1. Haber aprobado todas las asignaturas correspondientes por lo menos el primer semestre del centro de origen.
  2. Certificado de Estudios Superior original.
  3. Certificado de Estudios Superiores original.
  4. Fotocopia DNI
  5. Pago de derechos correspondientes.
  6. Plan de Estudios.
  7. Fotocopia fedateada de la R.D.  de Revalidación y R.D. de Creación del Instituto de procedencia.

Los traslados internos en una carrera a fin se realizan solo hasta el segundo semestre previa convalidación de estudios.

Son requisitos de traslado interno:

  1. Presentar una Solicitud.
  2. Estar invicto en todos los cursos. 
  3. Pagos de derechos de traslado y autorizaciones por Secretaría Académica

Traslado de Turno

  1. Presentar una solicitud.
  2. Estar invicto en todos los cursos.
  3. pago de derecho de traslado y autorizado por Secretaría Académica.

DE LA RATIFICACIÓN DE MATRICULA AL NUEVO SEMESTRE:

ART. 03. Los estudiantes sin ninguna asignatura desaprobada o con  una asignatura de CARGO o una asignatura de REPITENCIA, se matricularán en el semestre académico siguiente.

El estudiante ratificará su matricula, previa presentación de FICHA DE MATRICULA,  que retirará de SECRETARIA ACADEMICA,  y presentará a tesorería para efectos de los pagos correspondientes.

DE LA EVALUACION:

ART. 04. La evaluación constituye un conjunto de acciones destinadas a diagnosticar la situación académica de los estudiantes, valorar y medir sus logros parciales y finales en función de los logros de los objetivos, reajustar y tomar decisiones para retroalimentar las acciones del proceso de enseñanza-aprendizaje y con fines de promoción al semestre inmediato superior.

DE LOS OBJETIVOS Y FUNCION DE LA EVALUACION

ART. 05. Son objetivos de la evaluación:

  1. Identificar los logros alcanzados por el estudiante y obtener información acerca de los factores determinantes y concurrentes que influyen en el proceso de enseñanza aprendizaje, a fin de adoptar medidas que permitan alcanzar los objetivos de los Sílabos y programaciones Curriculares.
  2. Proporcionar los criterios que permitan promover en los estudiantes, habilidades donde demuestren el dominio y uso de la tecnología de su carrera.
  3. Estimular el esfuerzo del estudiante brindándoles los incentivos para el desarrollo de sus potencialidades y capacidades.
  4. Proporcionar la información oportuna sobre el avance, logros y dificultades del aprendizaje, por parte de los docentes cuando el alumno lo requiera.

ART. 06 .Son funciones de las Evaluaciones:

  1. Es motivadora: Incentiva, refuerza y orienta la labor del estudiante y docentes.
  2. Diagnóstica: brinda la posibilidad de identificar el nivel de destrezas y conocimientos previos o algunas insuficiencias académicas de los estudiantes para iniciar los estudios de una carrera o asignatura y promoverse de semestre a semestre.
  3. Pronostica: facilita de manera práctica los posibles logros a alcanzar a través de la acción educativa.
  4. Retroalimenta: asegura el reajuste inmediato y oportuno, requerido para el logro de los objetivos de aprendizaje y el mejoramiento de los niveles de rendimiento.

DE LAS CARACTERISTICAS DE LA EVALUACIÓN.

ART.07. Es integral, porque valora cuantitativa y cualitativamente el rendimiento académico, en sus habilidades cognitivas, procedimentales, actitudinales y las destrezas motoras del estudiante en función del logro de los objetivos programados.

ART. 08. Es flexible, porque da un amplio margen para la administración de la evaluación y para la selección de los instrumentos  a utilizar, de acuerdo a las características de las asignaturas, acorde con los estilos y ritmos de aprendizaje individual de los alumnos y los objetivos de la evaluación.

ART. 09. Es permanente, porque la evaluación se realiza simultáneamente al desarrollo de las acciones educativas.

ART. 10. Es pertinente, los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación son seleccionados de acuerdo a los objetivos y naturaleza  de cada asignatura.

DE LAS ETAPAS DE EVALUACIÓN.

ART. 11. Son etapas del proceso de evaluación las siguientes:

  1. La planificación, conjunto de acciones que permitirán decidir aacerca de los propósitos de la evaluación y tipo de datos que se necesitan.
  2. Recolección de datos, etapas de obtención de indicadores confiables y validos acerca del logro de los objetivos.
  3. Procedimientos de datos, es el momento de análisis e interpretación de los datos o información recopilada a fin de verificar el cumplimiento de las funciones de evaluación.
  4. Comunicación de los resultados, es la etapa en la que se proporciona la información de los resultados de la evaluación a quienes van a utilizarla, estudiantes, padre de familia, Docentes, Directivos y Personal Administrativo. 

DE LA EJECUCIÓN DE LA EVALUACIÓN

ART.12. En el proceso de la evaluación del aprendizaje se utilizan instrumentos y/o procedimientos adecuados a las características y tipos de evaluación de entrada, proceso o formativa y termina con el promedio final de la asignatura.

ART. 13. Las normas de evaluación para el rendimiento académico del estudiante son:

  1. La evaluación se realiza en función a los objetivos establecidos en la programación curricular y/o sílabos, asegurando objetividad, validez, pertenencia, confiabilidad y coherencia con lo planificado.
  2. La calificación se efectúa por unidades de formación (U.F.)

El número de calificativos para el promedio semestral por asignaturas es de tres (03) unidades de formación. Para la evaluación se propone que en los registros de evaluación se utilice tres criterios fundamentales, los que deben estar orientados a desarrollar en los estudiantes habilidades de tipo: conceptual, procedimental y actitudinal.

c. La calificacion es vigsimal, la nota mínima aprobatoría es ONCE (11) y la fracción 0.5 es a favordel estudiante en todos los casos.

d. El promedio final de semestre se obtiene de la suma de los tres promedios de unidad dividida entre tres.

e. Inmediatamente despúes de obtenidos los promedios de las unidades formativas, el docente esta en la obligación de informar a los estudiantes de los resultador obtenidos.

En caso de la inasistencia mayor al 30 % de total de horas programadas de las asignaturas será desaprobado por inasistencia al curso (00) 

DE LA PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES.

ART.14. La promoción de los estudiantes es semestral.

ART.15. Al término de cada semestre académico la situación de los estudiantes de acuerdo a su evaluación es la siguiente:

  1. Serán promovidos al semestre inmediato superior los estudiantes que hayan parobado todas las asignaturas.
  2. Serán repitentes los estudiantes que hubieran desaprobado el cincuenta por ciento (50%) o más de total de asignaturas del semestre académico. Las asignaturas de cargo no se considerán para determinar este porcentaje. La respitencia se realizará en las asignaturas desaprobadas.
  3. Se acogerán al proceso de recuperacion, los estudiantes que hubieran desaprobado un número menor de asignatura a lo establecido en el acápite anterior.

DEL PROCESO DE RECUPERACION. 

  1. El proceso de recuperación se realizará en la subsiguiente en la semana, una vez finalizado el semestre.
  2. El Proceso de recuperación tiene carácter obligatorio.
  3. La evaluación se este proceso deberá considerar una prueba integral de las tres unidades de formación, así como otras evaluaciones de acerdo a la naturaleza de las asignatura. La nota sustituye el promedio semesttral siempre que ésta sea mayor.
  4. Coordinacion General publicará los roles correspondientes de dicho proceso.

TABLA PARA TENER EN CUENTA PARA PODER PASAR AL PROCESO DE RECUPERACION UNA VEZ CONCLUIDO EL SEMESTRE

TOTAL DE CURSOS MATRICULADO POR SEMESTRE

Nº de asignaturas desaprobadas para pasar al proceso de recuperación

1

04 asignaturas

01 asignatura

2

05 asignaturas

02 asignaturas

3

06 asignaturas

02 asignaturas

4

08 asignaturas

03 asignaturas

5

09 asignaturas

04 asignaturas.

ART. 16 Por su naturaleza no procede la recuperación en Práctica Profesional, lo que supone realizarla nuevamente en las mismas condiciones establecidas originalmente.

ART. 17. APROBACION DE ASIGNATURAS.

Para aprobar una asignatura se deben cumplir los dos requisitos siguientes:

  1. PROMEDIO APROBATORIO.-Haber obtenido por lo menos la nota mínima aprobatoria 11 (ONCE).

Para tener derecho a promedio, es requisito tener las calificaciones finales en todas las unidades de formación. En caso contrario el calificativo que corresponderá la asignatura será nota CERO (00). SIN DERECHO A PROMEDIO. Esta asignatura no ingresara al proceso de recuperación y automáticamente a ser considerada  como asignatura de repitencia.

       b.   ASISTENCIA.- Tener asistencia no menor al 70% en la asignatura. Si la asistencia fuese menor a dicho porcentaje la desaprobación será automática. El califcativo que corresponderá será la nota CERO (00) DESAPROBADO POR INASISTENCIA, no teniendo derecho a recuperación y se considera asignatura de repitencia. 

b.1.JUSTIFICACION DE INASISTENCIAS.-Si el estudiante se faltara por causas debidamente justificadas inmediatamente se apersonara a la Coordinación del local para que le justifique el día de falta.

En casos excepcionales, cuando supera las inasistencias mayores a 30% con la opinión favorable del profesor de la asignatura y la coordinadora del local, el Director a través de una  R.D autorizará anular hasta el 10% de inasistencias, previa solicitud de los estudiantes, debidamente justificados.

DESPUES DEL PROCESO DE RECUPERACION.

ART. 18. Serán promovidos los alumnos que aprueben todas las asignaturas o tengan una asignatura desaprobada CON NOTA, la misma que llevará como “CARGO”.

ART. 19. EVALUACION DE LA ASIGNATURA DE CARGO

La evaluación de la asignatura de cargo es para quienes hubieran desaprobado una (01) asignatura  en el semestre inmediato anterior, después de la evaluación de recuperación bajo las siguientes condiciones:

  1. Al momento de la ratificación de la matricula, al estudiante se le indicará en Secretariá Académica la asignatura de cargo que llevará previo pago de los derechos pertinentes.
  2. Las evaluaciones de CARGO se desarrollarán a los 60 días de iniciando el semestre, previo rol establecido por coordinación General.
  3. Las eavluaciones de CARGO son obligatorias, los estudiantes que no se presenten a las evaluaciones de cargo serán desaprobados en llas, repetirán las asignaturas en los semestres que se encuentren programadas. La repitencia Siginifica la inscripción y ratificación por asignatura y asistencia regular a clases

MATRICULA POR ASIGNATURA

ART. 20. El estudiante que, al término del proceso de recuperación desaprobó mas de 02 asignaturas ( con nota y/o desaprobados por inasistencia), su condición es de repitente, y no podrá ser :

  1. Promovido a un semestre superior, por lo tanto se le matriculará en el semestre que desaprobó las asignaturas y su condición será MATRICULADO POR ASIGNATURA, y tendrá las mismas exigencias del semestre académico regular. 
  2. En caso de que el estudiante volviera a salir desaprobado dicha asignatura, no tendrá opción al proceso de recuperación y solo podrá llevarlo en el semestre correspondiente, como última oportunidad.

MATRICULA DE SUBSANACIÓN

ART. 21. Las asignaturas del plan curricular vigente en caso de reingreso y/o traslado interno, y no han sido cursadas por los estudiantes, podrán recuperarlas bajo las siguientes condiciones:

  1. Al momento de la ratificación de la matricula el estudiante indicará las asignaturas que subsanará pudiendo agruparse por semestre impares y pares previo pago de los derechos correspondientes.
  2. Las evaluaciones en subsanación tienen las mismas exigencias que corresponden a las exigencias del semestre académico regular.

ASIGNATURAS TEORICO – PRÁCTICAS.

ART. 22. Son condiciones para aprobar las asignaturas que se desarrollan en forma teórica – práctica lo siguiente:

  1. Demostrar asistencia en forma regular.
  2. Aprobar con la nota mínima ONCE (11)
  3. Tener calificaciones en todos los criterios e instrumentos.
  4. Si el estudiante no asiste a la práctica por 03 veces injustificada, la desaprobación será en forma automática, los documentos probatorios para la justificación solo tendrán validez si la presentación es inmediatamente al finalizar las faltas.

EVALUACIONES EXTRAORDINARIAS.

ART. 23. La Dirección del Instituto, previo informe de Secretaria Académica, autorizará Evaluaciones Extraordinarias para los que se encuentren en las siguientes condiciones:

  1. Estudiantes con asignaturas desaprobadas y que por cambio de planes curriculares no se programan más.
  2. Estudiantes con asignaturas desaprobadas y que por supervision de carreras no pueden repetirlas.
  3. Estudiantes del ultimo semestre que adecuen una asignatura de cargo de repitencia.

Los estudiantes participaran del proceso de Evaluación Extraordinaria, previo pago de los derechos correspondientes.

El instituto organizara un periodo de estudio por cada asignatura desaprobada, equivalente a veinte (20) horas lectivas de trabajo como mínimo.

Los estudiantes que desaprueban la Evaluación Extraordinaria tendrán una nueva oportunidad, transcurridos (15) días de la anterior prueba, previo pago de los derechos. Los que resultaran desaprobados en esta, se acogerán a otra evaluación transcurrida un semestre académico.

RESERVA DE MATRICULA.

ART. 24. Es el pedido que realiza el estudiante que por causas personales no puede continuar estudiando, esta reserva se solicita hasta los 30 días de iniciado el semestre que esta matriculado. Deberá presentar a Secretaria Académica a través de la oficina de Informes una solicitud indicando los motivos por los cuales no puede seguir estudiando, es autorizado por el Director General a través de una Resolución Directoral, concluido el semestre en las actas semestrales de evaluación se le consignara la palabra RESERVA DE MATRICULA R.D…. no perjudicando la condición del estudiante en cuanto a DESAPROBADO POR INASISTENCIAS, la Reserva será otorgada por un plazo maximo de 02 años. Concluido el periodo de RESERVA deberá apersonarse al Instituto De Educación Superior Tecnológico Privado “Cayetano Heredia”, para solicitar su reingreso.

LICENCIA  DE ESTUDIOS

ART. 25. Es el pedido que realiza el estudiante,  que por causas debidamente comprobadas no puede continuar sus estudios.  Este pedido se   realiza después de haber pasado los 30 días de iniciado el semestre en el que se encuentra matriculado,  será  autorizado mediante una R.D.  , el alumno se acercara a Secretaria Académica  a recoger la mencionada R.D.  Al término del semestre en las Actas de Evaluación se consignara la palabra LICENCIA DE ESTUDIOS  R.D  Nº. …., para no perjudicar su condición de estudiante. La Licencia será otorgada por un plazo maximo de 02 años

REINGRESOS

ART. 26. Son alumnos que dejaron de estudiar solicitando Reservas y/o  Licencias y quieren reincorporarse a sus estudios.

Aquellos estudiantes que no solicitaron Reservas y/o  Licencias y quieren seguir estudiando, presentaran una solicitud pidiendo su reincorporación y se les matriculará con la aprobación de una R.D, si al reingresar al Instituto De Educación Superior Tecnológico Privado “Cayetano Heredia”hay variaciones en los planes de estudio se le aplicaran los procesos de convalidación o subsanación que corresponda a este derecho de reingreso, lo autoriza Secretaria Académica. Procede el reingreso previo pago de derechos. Los estudiantes que hayan dejado de estudiar en un periodo de 2 años o más, deberán rendir un examen de ubicación, a fin de evaluar el desarrollo de las capacidades establecidas para acceder al semestre solicitado

ABANDONO DE ESTUDIOS.

ART. 27. El alumno cuando se ausenta del instituto sin solicitar RESERVA ni LICENCIA, incurre en ABANDONO DE ESTUDIOS,  por lo tanto su promedio final será 00 (DESAPROBADO POR INASISTENCIA)

DE LA CONVALIDACION.

ART. 28. Consiste en reconocer los estudios con el mismo valor que los que cursaron en una carrera profesional en el mismo Instituto De Educación Superior Tecnológico Privado “Cayetano Heredia”y/o en otra institución.

Las convalidaciones se dan según corresponda: 

  1. Traslado externo: La convalidacion de estudios por traslado externo no excederá al 30 % de asignaturas del plan curricular.
  2. Traslado interno a otra carrera a  fin: la convalidación interna no excederá del 50% del total de las asignaturas

DE LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIOS.

ART. 29. Son documentos oficiales y firmados por las autoridades competentes son los únicos que tienen validez.

Para solicitar estos certificados de estudios deberán acompañar una solicitud indicando para que  se requiere, dos fotografías tamaño carné a color, y el pago de los derechos correspondientes.

DE LAS BOLETAS DE NOTAS:

ART. 30. Son documentos de uso interno para efectos de seguimiento académico y matrícula y se proporcionan una vez terminado el semestre previo pago de dicho documento, será entregado en secretaria académica.

ART. 31. La Secretaria Académica al concluir cada semestre, entregará a los estudiantes la boleta de notas,

Infraestructura

IMAGEN

Contamos con dos Locales en el centro de la Ciudad de Arequipa.

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Convenios

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